viernes, 21 de octubre de 2022

Ya puedes realizar tramites de corrección de nombre, y datos de la CURP utilizando Microsoft Teams en reunión virtual ante el SAT

 El portal del SAT ha habilitado las opciones de trámites para la corrección del nombre o actualización de la CURP así como cambio de domicilio sin salir de casa, mediante una reunión virtual usando la aplicación Microsoft Teams.

Cualquier persona física o moral puede realizar dichos trámites a través del uso de una computadora, tablet o de un celular, el único requisito es solicitar una cita en el portal del SAT, utilizando el RFC, contraseña y/o e.firma.   

El procedimiento a seguir sería agendar una cita en el Portal de trámites y servicios-SAT:

1. Entrar al portal del SAT, mediante el link   https://citas.sat.gob.mx/

2.Dar clic en el botón registrar cita, seleccionar la entidad federativa deseada, ubicar el módulo más cercano y el servicio que se requiere, la segunda opción es cuando se quiere consultar/gestionar la cita

 

 

 3.Seleccionar la opción "Contribuyente que cuenta con RFC"

4. Llenar los campos de RFC, CURP, correo electrónico y copias las letras del Captcha


5. Seleccionar el servicio requerido: cambio de domicilio fiscal, corrección o cambio de nombre, corrección o incorporación de CURP, orientación fiscal, RESICO para personas físicas, actualizaciones y servicios del RFC, entre otros


6. El sistemas desplegara un aviso de que antes de la cita, deberá enviarse un correo electrónico con la información y documentos digitalizados (formato PDF) que se requieren para llevar a cabo el trámite, al correo oficina.virtual@sat.gob.mx

7. Después de seleccionar el servicio requerido (corrección o incorporación de CURP) seleccionar la entidad federativa deseada, y módulo más cercano el sistema habilitará la opción de Oficina Virtual, para agendar una cita virtual mediante la aplicación Microsoft Teams. 


 


8. Al mismo tiempo que el sistema habilitará la disponibilidad de ser atendido de manera virtual, en el calendario aparecerán los días disponibles (círculos de color verde) y podrá también seleccionarse la hora y los requisitos a cumplir.

9. De no haber disponibilidad de días para ser atendidos de manera virtual, el sistema le informará que el sistema no cuenta con disponibilidad para agendar su cita en el modulo seleccionado. 


10. Para confirmar la cita al sistema, deberá presionar el botón de "Generar cita", ubicado en la parte baja del calendario y los requisitos a cumplir, entre otros deberá llenar el formato FOV "Formato de avisos al Registro Federal de Contribuyentes a través de la Oficina Virtual" FormatoFOV.pdf  y mandarlo firmado al correo  oficina.virtual @sat.gob.mx


 

 11.  Recibir en el correo electrónico el acuse de la cita. Se recomienda guardar el número asignado de la cita y la confirmación, ya que será de utilidad en caso de requerir consultar o cancelar el espacio reservado, y que sea reagendado.

Finalmente, Microsoft Teams, es una plataforma de comunicación empresarial desarrollada por Microsoft.Teams ofrece chat y videoconferencia para diversas actividades y espacios de trabajo, y almacenamiento de archivos, entre otras funciones

Siganme para más información fiscal... s01peralta@yahoo.com   


lunes, 17 de octubre de 2022

PENSION GENERACIÓN AFORE

 

PENSIÓN RÉGIMEN AFORE



La Ley del Seguro Social prevé dos tipos de regímenes por los que los asegurados pueden pensionarse, cada una determina las condiciones que se deben cumplir para el otorgamiento de una pensión.

Actualmente, existen dos regímenes para pensionarte y se determinan de acuerdo a la fecha en que comenzaste tus cotizaciones ante el IMSS:

    Régimen de 1973: Si comenzaste a cotizar al IMSS antes del 1° de julio de 1997.

    Régimen de 1997: Si comenzaste a cotizar en el IMSS a partir del 1° de julio de 1997.

 

Los requisitos y beneficios cambian considerablemente; por ejemplo, para el régimen de 1973, son 500 semanas cotizadas, y en el régimen de 1997, son 1,000 semanas como mínimo.

Para el cálculo de las pensiones, en el régimen anterior aplica el cálculo de acuerdo con las semanas cotizadas y salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas. En el régimen actual la pensión es exclusivamente con base en el saldo que tengas en la cuenta individual de la AFORE.

 

Requisitos generales para obtener una pensión bajo la Ley de 97 IMSS.

  • Para el año 2022, se necesitan 775 semanas cotizadas. Se incrementarán 25 semanas por año, hasta llegar a 1,000 en el 2031.
Tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía

Tener 65 años de edad en caso de Pensión Por Vejez

 

 INCREMENTO ANUAL EN EL REQUISITO DE SEMANAS REQUERIDAS PARA OBTENER PENSIÓN

Año

2021

2022

2023

2024

2025

2026

2027

2028

2029

2030

2031

Semanas requeridas

750

775

800

825

850

875

900

925

950

975

1000

 

Si perteneces al régimen de la Ley 97, puedes elegir la pensión que desees de estas tres modalidades: Renta Vitalicia, Retiro Programado o Pensión Garantizada.


             
RENTA VITALICIA

Es una Pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora, mediante el “Documento de Oferta”. Al Instituto Mexicano del Seguro Social, le corresponde informar las aseguradoras que prestan el servicio.

El monto de tu pensión dependerá del monto acumulado en tu Cuenta AFORE, actualizándose anualmente de acuerdo con la inflación, de esta manera se garantiza el pago de una Pensión Predeterminada de por vida.

Para asegurar que tus beneficiarios reciban tu pensión en caso de fallecimiento, debes comprar un Seguro de Sobrevivencia con los recursos de tu cuenta individual.

 

¿Qué pasos debo seguir para llevar a cabo el trámite de mi pensión por renta vitalicia?

  1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión. El IMSS te entregará el “Documento de Oferta”, el cual sirve para que los cotizantes al IMSS o al ISSSTE elijan la Aseguradora* que pagará su Renta Vitalicia. No todas son iguales, escoge la Aseguradora que te pague MÁS por tu pensión.
  2. Una vez entregada tu Solicitud, deberás esperar la resolución del IMSS.
  3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de tu pensión.

RETIRO PROGRAMADO

Es una pensión mensual que se contrata con la AFORE en la que estás registrado, dependiendo del monto que hayas acumulado en tu Cuenta AFORE, la esperanza de vida que se te calcule, de los rendimientos obtenidos y el saldo remanente de la cuenta.

La pensión la recibirás mediante retiros programados con cargo a dicha cuenta hasta que se agoten los recursos de tu Cuenta Individual. Igualmente, es conveniente asegurar que tus beneficiarios reciban tu pensión en caso que fallezcas, por lo deberás comprar un Seguro de Sobrevivencia con los recursos de tu cuenta individual. (Artículos 157, fracción II, 164, fracción II y 159 fracción V).

 

¿Qué pasos debo seguir para realizar el trámite de pensión por retiro programado?

  1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Una vez entregada tu solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución.
  3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu pensión.

 
PENSIÓN GARANTIZADA

Esta modalidad es pagada por el Gobierno Federal y es otorgada a las personas que cumplan con los requisitos de edad y un mínimo de 1,000 semanas cotizadas, pero los recursos que tengan en su cuenta AFORE no alcancen para contratar alguna de las dos modalidades anteriores.
 
¿Qué pasos debes seguir para realizar este trámite de pensión garantizada?

  1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Una vez entregada tu Solicitud ante el IMSS, deberás esperar a la resolución.
  3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu pensión.

 

IMPROCEDENCIA DE PENSIÓN

En el caso de no cubrir los requisitos marcados por la Ley para poder pensionarte (semanas cotizadas), el IMSS te otorgará una negativa de pensión con la que podrás solicitar a tu AFORE el total de tus recursos acumulados en tu Cuenta Individual. Requisitos necesarios:

  • Tener 60 años cumplidos
Tener tu Expediente de Identificación actualizado.

 

 TABLA COMPARATIVA PENSIÓN LEY ´73, VS. RENTA VITALICIA Y RETIRO PROGRAMADO

Derecho o beneficio

Pensión Ley 1973

Renta vitalicia

Retiro programado

¿Quién paga la pensión?

IMSS

Se contrata con una aseguradora

Se contrata con una Afore

¿Duración de la pensión?

 

Pensión de por vida

Pensión de por vida

La pensión dura hasta agotar saldo de la cuenta de la Afore

¿Pensión a beneficiarios?

Si

Si, con el seguro de sobrevivencia

Si, con el seguro de sobrevivencia

¿Recibo aguinaldo anualmente?

Si

No

No

¿Recibo lo mismo de pensión?

 

Si, más el ajuste anual por la inflación.

Predeterminada, Más el ajuste anual por la inflación.

Variable. Depende de los recursos que tenga el solicitante. Cada año se hace un ajuste al saldo

¿En caso de fallecimiento, los beneficiarios pueden retirar recursos?

 

No

No

 

¿Mantengo el servicio médico?

No

¿Recursos que se retiran en una sola exhibición?

SAR 92, Vivienda 92, Retiro 97, Vivienda 97 y aportaciones voluntarias.

SAR 92, Vivienda 92 y aportaciones voluntarias

SAR 92, Vivienda 92 y aportaciones voluntarias

 

 Notas: Si tienes recursos SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 te los entregarán hasta que cumplas 65 años de edad.

*Pensiones BBVA Bancomer, Pensiones Banorte, Pensiones Sura y Profuturo GNP Pensiones

* Informes IMSS al 800 623 23 23

 

 

 En 2022, si una persona tiene 775 semanas cotizadas con 1 salario mínimo y tiene 60 años, recibiría 2,815 pesos de pensión garantizada, y 3,016 pesos para 65 años. Si tiene 1,000 semanas cotizadas le corresponden 3,720 pesos (60 años) y 3,921.00 (65 años). Los demás rangos salariales se calculan en base a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

 Contacto: s01peralta@yahoo.com

GENERACIÓN AFORE

Asegura tu futuro con la modalidad 40

  ¿Te preocupa cómo será tu vida después de retirarte?  La modalidad 40 del IMSS te ofrece una solución segura y flexible. Al cotizar con el...