lunes, 17 de octubre de 2022

PENSION GENERACIÓN AFORE

 

PENSIÓN RÉGIMEN AFORE



La Ley del Seguro Social prevé dos tipos de regímenes por los que los asegurados pueden pensionarse, cada una determina las condiciones que se deben cumplir para el otorgamiento de una pensión.

Actualmente, existen dos regímenes para pensionarte y se determinan de acuerdo a la fecha en que comenzaste tus cotizaciones ante el IMSS:

    Régimen de 1973: Si comenzaste a cotizar al IMSS antes del 1° de julio de 1997.

    Régimen de 1997: Si comenzaste a cotizar en el IMSS a partir del 1° de julio de 1997.

 

Los requisitos y beneficios cambian considerablemente; por ejemplo, para el régimen de 1973, son 500 semanas cotizadas, y en el régimen de 1997, son 1,000 semanas como mínimo.

Para el cálculo de las pensiones, en el régimen anterior aplica el cálculo de acuerdo con las semanas cotizadas y salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas. En el régimen actual la pensión es exclusivamente con base en el saldo que tengas en la cuenta individual de la AFORE.

 

Requisitos generales para obtener una pensión bajo la Ley de 97 IMSS.

  • Para el año 2022, se necesitan 775 semanas cotizadas. Se incrementarán 25 semanas por año, hasta llegar a 1,000 en el 2031.
Tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía

Tener 65 años de edad en caso de Pensión Por Vejez

 

 INCREMENTO ANUAL EN EL REQUISITO DE SEMANAS REQUERIDAS PARA OBTENER PENSIÓN

Año

2021

2022

2023

2024

2025

2026

2027

2028

2029

2030

2031

Semanas requeridas

750

775

800

825

850

875

900

925

950

975

1000

 

Si perteneces al régimen de la Ley 97, puedes elegir la pensión que desees de estas tres modalidades: Renta Vitalicia, Retiro Programado o Pensión Garantizada.


             
RENTA VITALICIA

Es una Pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora, mediante el “Documento de Oferta”. Al Instituto Mexicano del Seguro Social, le corresponde informar las aseguradoras que prestan el servicio.

El monto de tu pensión dependerá del monto acumulado en tu Cuenta AFORE, actualizándose anualmente de acuerdo con la inflación, de esta manera se garantiza el pago de una Pensión Predeterminada de por vida.

Para asegurar que tus beneficiarios reciban tu pensión en caso de fallecimiento, debes comprar un Seguro de Sobrevivencia con los recursos de tu cuenta individual.

 

¿Qué pasos debo seguir para llevar a cabo el trámite de mi pensión por renta vitalicia?

  1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión. El IMSS te entregará el “Documento de Oferta”, el cual sirve para que los cotizantes al IMSS o al ISSSTE elijan la Aseguradora* que pagará su Renta Vitalicia. No todas son iguales, escoge la Aseguradora que te pague MÁS por tu pensión.
  2. Una vez entregada tu Solicitud, deberás esperar la resolución del IMSS.
  3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que ésta inicie con el pago de tu pensión.

RETIRO PROGRAMADO

Es una pensión mensual que se contrata con la AFORE en la que estás registrado, dependiendo del monto que hayas acumulado en tu Cuenta AFORE, la esperanza de vida que se te calcule, de los rendimientos obtenidos y el saldo remanente de la cuenta.

La pensión la recibirás mediante retiros programados con cargo a dicha cuenta hasta que se agoten los recursos de tu Cuenta Individual. Igualmente, es conveniente asegurar que tus beneficiarios reciban tu pensión en caso que fallezcas, por lo deberás comprar un Seguro de Sobrevivencia con los recursos de tu cuenta individual. (Artículos 157, fracción II, 164, fracción II y 159 fracción V).

 

¿Qué pasos debo seguir para realizar el trámite de pensión por retiro programado?

  1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Una vez entregada tu solicitud ante el IMSS deberás esperar a la resolución.
  3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu pensión.

 
PENSIÓN GARANTIZADA

Esta modalidad es pagada por el Gobierno Federal y es otorgada a las personas que cumplan con los requisitos de edad y un mínimo de 1,000 semanas cotizadas, pero los recursos que tengan en su cuenta AFORE no alcancen para contratar alguna de las dos modalidades anteriores.
 
¿Qué pasos debes seguir para realizar este trámite de pensión garantizada?

  1. Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Una vez entregada tu Solicitud ante el IMSS, deberás esperar a la resolución.
  3. Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu AFORE para que esta inicie con el pago de tu pensión.

 

IMPROCEDENCIA DE PENSIÓN

En el caso de no cubrir los requisitos marcados por la Ley para poder pensionarte (semanas cotizadas), el IMSS te otorgará una negativa de pensión con la que podrás solicitar a tu AFORE el total de tus recursos acumulados en tu Cuenta Individual. Requisitos necesarios:

  • Tener 60 años cumplidos
Tener tu Expediente de Identificación actualizado.

 

 TABLA COMPARATIVA PENSIÓN LEY ´73, VS. RENTA VITALICIA Y RETIRO PROGRAMADO

Derecho o beneficio

Pensión Ley 1973

Renta vitalicia

Retiro programado

¿Quién paga la pensión?

IMSS

Se contrata con una aseguradora

Se contrata con una Afore

¿Duración de la pensión?

 

Pensión de por vida

Pensión de por vida

La pensión dura hasta agotar saldo de la cuenta de la Afore

¿Pensión a beneficiarios?

Si

Si, con el seguro de sobrevivencia

Si, con el seguro de sobrevivencia

¿Recibo aguinaldo anualmente?

Si

No

No

¿Recibo lo mismo de pensión?

 

Si, más el ajuste anual por la inflación.

Predeterminada, Más el ajuste anual por la inflación.

Variable. Depende de los recursos que tenga el solicitante. Cada año se hace un ajuste al saldo

¿En caso de fallecimiento, los beneficiarios pueden retirar recursos?

 

No

No

 

¿Mantengo el servicio médico?

No

¿Recursos que se retiran en una sola exhibición?

SAR 92, Vivienda 92, Retiro 97, Vivienda 97 y aportaciones voluntarias.

SAR 92, Vivienda 92 y aportaciones voluntarias

SAR 92, Vivienda 92 y aportaciones voluntarias

 

 Notas: Si tienes recursos SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 te los entregarán hasta que cumplas 65 años de edad.

*Pensiones BBVA Bancomer, Pensiones Banorte, Pensiones Sura y Profuturo GNP Pensiones

* Informes IMSS al 800 623 23 23

 

 

 En 2022, si una persona tiene 775 semanas cotizadas con 1 salario mínimo y tiene 60 años, recibiría 2,815 pesos de pensión garantizada, y 3,016 pesos para 65 años. Si tiene 1,000 semanas cotizadas le corresponden 3,720 pesos (60 años) y 3,921.00 (65 años). Los demás rangos salariales se calculan en base a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

 Contacto: s01peralta@yahoo.com

viernes, 19 de agosto de 2022

La E.firma. Una herramienta digital con validez jurídica para realizar diversos trámites

En la actualidad la Firma electrónica o (E.firma) está tomando mayor relevancia en la sociedad, ya que es un mecanismo de autenticación con validez legal para realizar diversos trámites como son la obtención de un préstamo, firmar documentos, autenticarse en un portal para realizar operaciones en linea, realizar actividades de comercio electrónico, inversiones y trámites ante la autoridad hacendaría. 

Este último trámite es ya un requisito obligatorio para todas aquellas personas que al cumplir los 18 años, se registren en la base de datos de contribuyentes del SAT. Asimismo contar con la E.firma, sirve para realizar todo tipo de trámites para que las personas físicas y morales puedan cumplir sus obligaciones fiscales, tales como pago de impuestos, presentar declaraciones periódicas, hacer cambios de régimen fiscal, altas y bajas de sucursales, registro de accionistas, etc. 

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir del 1 de enero del año 2023, será obligatorio utilizar la nueva versión del CFDI 4.0 aplicable a las operaciones de facturación de las empresas y este requisito se ha extendido a otros documentos como son el CFDI de egresos, complementos de pago, CFDI de traslado de mercancías y timbrado de nómina. 

Entre los nuevos requisitos de la actualización de la información del CFDI, están la obligatoriedad de establecer la dirección fiscal del emisor y receptor, el código postal del emisor y del receptor, régimen fiscal, e indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal. Por esta razón esta obligación se ha extendido a todos los trabajadores formales que laboran en empresas, comercios, etc,. razón por la cual se les ha solicitado que a fin de actualizar su información fiscal en los recibos de nómina proporcionen dicha información a través de la Constancia de Situación Fiscal. 

Aunque muchos trabajadores ya cumplieron con solicitar ante el SAT la emisión de su Constancia de Situación fiscal y la han entregado a sus empleadores, se ha observado que varios de los empleados que no habían tenido contacto con el SAT, salvo cuando los dieron de alta en alguna empresa con la que empezaron a laborar, se quedaron con la información fiscal que en su momento se proporciono, no corresponde con la que está en la constancia, como es el domicilio fiscal, hay duplicidad del RFC, o su status en el padrón aparece como suspendido. 

Por esta razón es necesario que los trabajadores acudan a las oficinas del SAT a realizar dichas correcciones o en el mejor de los casos se sugiere tramiten su E.firma y una vez realizado dicho trámite  tengan acceso a sus archivos para realizar ellos mismos su cambio de domicilio fiscal o cambiar el régimen o status en el que se encuentren.

En caso de requerir tramitar su E.firma se deberá solicitar una cita para acudir a las oficinas del SAT, entrar en el portal del SAT, en el siguiente enlace: Registro de cita: https://citas.sat.gob.mx/datosPersonales  

Es necesario proporcionar tu RFC, a nueve posiciones, ingresa  tu CURP, correo electrónico y aceptar los términos y condiciones sobre el uso de cookies, y confirmar el Captcha

Una vez que agendes tu cita, el SAT te enviará un aviso a tu cuenta de correo electrónico para que acudas el día y la hora señalados, acompañado de una memoria USB sin ningún tipo de información, Credencial del INE, Comprobante domiciliario, CURP y cuenta de correo electrónico al que tengan acceso. 

Aunque en el requerimiento del trámite se pide llevar la memoria USB, con los archivos de requerimiento (.req) generado previamente en el programa Certifica y la Forma oficial FE "Solicitud de Certificado de e.firma", en la práctica solo piden llevar una memoria y en las oficinas se encargan de proporcionarte la información de los archivos y la firma de los documentos. 

 Para dudas o aclaraciones los contribuyentes pueden llamar a los siguiente números MarcaSAT 55 6272 2728 de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 18:40 horas. 

Sígueme para más información fiscal 

LCP Sebastián Peralta

Cédula profesional 3836166

jueves, 18 de agosto de 2022

Calculadora de pensiones IMSS

 Calculadora de pensiones al IMSS. Herramienta para calcular el importe de la pensión considerando los siguientes elementos para su correcta determinación.

1. Edad de la pensión: La edad mínima para pensionarse ante el IMSS por cesantía o vejez, es de 60 años.

2._ Semanas cotizadas reconocidas por el IMSS, para saber las semanas cotizadas se puede acceder al portal del IMSS, y descargar la constancia de semanas cotizadas. Para esto ingrese al siguiente enlace https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/semanascotizadas-web/usuarios/IngresoAsegurado  

3._ Salario diario promedio de las últimas 250 semanas, para calcular el importe del SDC, es necesario verificar el importe anual del SDI, de las últimas 250 semanas y obtener el promedio.

Favor de solicitarla en mi correo electrónico. s01peralta@yahoo.com  

Sugerencias y opiniones, favor de compartir. Gracias.


jueves, 12 de mayo de 2022

CALCULO Y RETENCIÓN DE CRÉDITOS INFONAVIT

¿Cómo sé cuánto debo retener a mis trabajadores por su crédito?
El descuento lo debes hacer de acuerdo con el factor en VSM, el porcentaje o Cuota fija que se describe en el Aviso de Retención de Descuentos o la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y/o Amortizaciones. En estos documentos se indica el número del crédito y el porcentaje que descontarás
Existen tres modalidades para el cálculo de las amortizaciones:
  • Créditos en porcentaje 
  • Créditos cuota fija en pesos mensual
  • Créditos con factor de descuento en Veces en Salario Mínimo (VSM)

De acuerdo a las políticas del Instituto, los trabajadores que ejercieron su crédito antes del año 2002 tuvieron descuentos en porcentaje que iban del 20 al 30 por ciento. Después de enero 2003, cualquier crédito Infonavit otorgado se determinó con descuento a cuota fija de acuerdo al salario del beneficiado.

 

 Modalidad para créditos en porcentaje aplicable al SBC

 Este descuento para crédito Infonavit depende del Salario Diario Integrado que perciba el empleado (SDI), el cual se mantiene constante si el SDI no cambia. El primer cálculo que se debe realizar es: 

 Salario Diario Integrado / Salario Mínimo General

Si el resultado de la división está en un rango de 1 a 6.5 salarios mínimos, se debe aplicar el porcentaje acorde a los salarios mínimos que percibe el trabajador, sustituyendo el porcentaje asignado en el aviso de crédito (20%, 25% o 30%).

 Ejemplo: Salario Diario Integrado: $260.00

                 Salario Mínimo General: $91.54

Aplicando la fórmula quedaría de la siguiente manera: Salario Diario Integrado / Salario Mínimo General = $260 / $91.54 = 2.84 

Podemos observar que, el salario del trabajador está en el rango “De 2.5 a 3.5 Veces el Salario Mínimo”. Si el porcentaje que viene en el aviso de retención es del 25%, el descuento que se debe realizar para este trabajador es del 21%, como se muestra en la siguiente tabla:

Se calcula con la siguiente fórmula:

Retención = (SBC x valor de descuento en porcentaje x días cotizados en el bimestre (- ) faltas por ausentismo + seguro de daños a la vivienda)

Ejemplo: Al adquirir su crédito de Infonavit, El Salario Base de Cotización de José es $209.04 se le asignó un porcentaje del 15.7%, cotizó los 61 días del bimestre. Seguro de daños a la vivienda es de $15. 

Desglose: ($209.04 x 15.7% x 61 días) + 15 = $ 2,016.97 de deducción bimestral. 

Nota: en el caso de que un trabajador perciba salario mínimo, la retención no puede ser mayor al 20% de su salario, de acuerdo con el artículo 47 del Ripaedi.

 

Cuota fija monetaria (pesos)

 El cálculo se obtiene con base en el descuento mensual en pesos consignado en el aviso de retención o en la cédula bimestral, por dos (meses del bimestre), entre los días del bimestre, por los días cotizados en el bimestre, más el seguro de daños.

Descuento = (((Cuota fija x 2) ÷ Días del bimestre) x Días del bimestre cotizados) + Seguro de daños. 

Ejemplo: Isabel obtuvo un crédito Infonavit y su cuota fija mensual es de $1,300. De los 61 días sólo cotizó 59 debido a faltas. 

El cálculo se hace así: ((($1,300 x 2) ÷ 61 días) x 59 días) + $15 = $2,529.75 de descuento bimestral.

 

Descuento infonavit en Veces el Salario Mínimo (VSM) 1

Finalmente, conforme a las reformas a la Ley del Infonavit de fecha 27 de abril de 2016, en el Diario Oficial de la Federación, para 2022, los créditos en Veces Salario Mínimo se actualizan a una tasa de 3.15%, por lo que el valor de la Unidad Mixta Infonavit (UMI) será de 91.51 pesos diarios.

El artículo 44 segundo párrafo de la Ley del Infonavit, establece que el incremento de los créditos en VSM no podrá ser superior al porcentaje en que se incremente la Unidad de Medida y Actualización (UMA). 

La determinación del importe de la retención se obtiene al multiplicar el factor de cuota fija indicado en el aviso para retención de descuentos, por la nueva unidad de medida denominada Unidad Mixta Infonavit (UMI) quedando la fórmula de la siguiente manera: 

Amortización Crédito INFONAVIT en VSM (((VSM x UMI x 2) ÷ Días del bimestre) x días cotizados del bimestre) + Seguro por daños a la vivienda) 

 Ejemplo: Sebastián obtuvo un crédito Infonavit y su cuota se calcula en 36.2670 Veces la UMI, que es de $ 91.51 cotizando 50 días de los 61 días del bimestre.

Desarrollo: (((36.2670 x 91.51 x 2) ÷ 61 días) x 50 días) + 15 = $ 5,440.64 +15 

Retención bimestral =$ 5,455.64 

 

¿Qué riesgos cubre el Seguro de Daños INFONAVIT?

 Según la guía del infonavit, estos son los riesgos que forman parte de la cobertura del Seguro de daños, 

Riesgos cubiertos: 

  • Incendio
  • Terremoto
  • Erupción volcánica
  • Desplazamiento de terreno, siempre que este se presente de manera súbita e imprevista 
  • Inundación 
  • Explosión 
  • Huracán 
  • Ciclón 
  • Granizo y/o nieve 
  • Vientos tempestuosos 
  • Objetos caídos de aviones 
  • Caída de árboles
¿Cuándo debo de cumplir con mis pagos?

Los pagos en el Infonavit se realizan de manera bimestral, las fechas establecidas para el pago en 2022.  1er. Bimestre 2022, 17 de Marzo de 2022, 

Segundo bimestre de 2022, 17 de Mayo de 2022

 Tercer bimestre de 2022, 18 de Julio de 2022

Cuarto bimestre de 2022, 19 de Septiembre de 2022

Quinto bimestre de 2022, 17 de Noviembre de 2022

Sexto bimestre de 2022, 17 de Enero de 2023

El valor de la Unidad Mixta Infonavit (UMI) para el periodo fiscal 2022 es de $ 91.56 pesos

1 Vigente a partir del 1° de enero de 2021, de acuerdo con el artículo 44, segundo párrafo de la Ley del Infonavit

Sígueme para más información fiscal.

Sebastián Peralta P.

s01peralta@yahoo.com

 

viernes, 29 de abril de 2022

¿Constancia de Situación Fiscal?

Nueva obligación que deberán cumplir los CFDI de nómina
A partir de 2022, entró en vigor la emisión de CFDI, versión 4, pero es hasta el 1° de Julio, cuando su uso será obligatorio, por lo que los patrones tendrán que actualizar la información de sus trabajadores para poder deducir fiscalmente sus comprobantes de nómina.Posteriormente esto fue aplazado para entrar en vigor a partir del 1° de enero de 2023, por lo que se pide a la población trabajadora cumplir con este requerimiento lo antes posible, a fin de evitar nuevamente la saturación de trámites y las largas filas en las oficinas del SAT.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una actualización a la factura electrónica, la cual pasó de la versión 3.3 a la 4.0. En la versión más reciente los cambios más importantes son la obligatoriedad del nombre y domicilio fiscal tanto del emisor como del receptor. También, en el caso de los recibos de nómina, los trabajadores deberán proporcionar a su empleador su RFC, nombre completo, así como el código postal de su domicilio fiscal registrados ante el SAT.
En la última reforma realizada al Código Fiscal de la Federación (CFF) el 12 de noviembre de 2021, el art. 29-A fracción IV, expresa que los comprobantes fiscales deberán contener los siguientes requisitos: IV. La clave del Registro Federal de Contribuyentes, nombre o razón social; así como el código postal del domicilio fiscal de la persona a favor de quien se expida, asimismo, se debe indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal.
Debido a estos cambios implementados, son los trabajadores quienes deberán tramitar ante el SAT la Constancia de Situación Fiscal y entregarla a sus patrones, para que incluyan está información y puedan deducir fiscalmente el importe de las nóminas de sus trabajadores.
Es importante resaltar que, los trabajadores pueden consultar sus datos fiscales en lo que comúnmente se conoce como Constancias de RFC (Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal). Estas pueden ser tramitadas con Contraseña o e.firma (firma electrónica) en el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/28889/obten-tu-cedula-de-identificacion-fiscal
Es necesario mencionar que para poder ingresar al Portal del SAT, ya tenga previamente los datos de su RFC completo a 9 digitos y Contraseña y realizar lo siguiente: Selecciona el botón “EJECUTAR EN LÍNEA”. Registre los datos de autenticación como RFC, contraseña de ingreso al portal del SAT y/o firma electrónica. Copiar el algoritmo Captcha en el recuadro en blanco, Una vez finalizado Dar clic en el botón “Generar Constancia”. Descarga el documento en formato PDF.
¿Que pasa sino tengo Contraseña para ingresar al portal del SAT?
En caso de no contar con estos medios de autenticación, deberá tramitar su firma electrónica en el SAT, previa cita en linea en el siguiente enlace: Registro de cita: https://citas.sat.gob.mx/datosPersonales
Una vez que agendes tu cita, el SAT te enviará un aviso a tu cuenta de correo electrónico para que acudas el día y la hora señalados, acompañado de una memoria USB sin ningún tipo de información, Credencial del INE, Comprobante domiciliario, CURP y cuenta de correo electrónico al que tengan acceso. Aunque en el requerimiento del trámite se pide llevar la memoria USB, con los archivos de requerimiento (.req) generado previamente en el programa Certifica y la Forma oficial FE "Solicitud de Certificado de e.firma", en la práctica solo piden llevar una memoria y en las oficinas se encargan de proporcionarte la información de los archivos y la firma de los documentos.
Para dudas o aclaraciones los contribuyentes pueden llamar a los siguiente números MarcaSAT 55 6272 2728 de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 18:40 horas.
Sigueme para más información fiscal
LCP Sebastián Peralta Cédula profesional 3836166

lunes, 22 de noviembre de 2021

Solicitud de Inscripción de personas físicas en el RFC

 

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas sin actividad económica. 39/CFF Miscelanea Fiscal 2022


 REQUISITOS:

1.   Preinscripción en el Portal del SAT

a)     Ingresa al portal del SAT, en la siguiente dirección https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/24452/realiza-tu-preinscripcion-en-el-rfc-como-persona-fisica

b)    Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información

c)     Imprime el ACUSE DE PREINSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES y solicita una cita en las oficinas del SAT de tu localidad o Entidad Federativa.

2.   En las oficinas del SAT: Previa cita generada en el Portal del SAT: Agenda tu cita, para la solicitud de inscripción en el RFC y para obtener tu firma electrónica (e.firma)

https://citas.sat.gob.mx/datosPersonales

3.   Durante el trámite se tomarán tus datos de identificación consistente en tus datos biométricos, fotografía de frente, huellas dactilares, iris, firma autógrafa y digitalización de los documentos originales solicitados.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR EN LA OFICINA DEL SAT?

1._ Contar con Clave única de Registro de Población ( CURP ), o en su caso Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda (original o copia certificada).

2._ Acuse de preinscripción en el RFC, en el caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.

3._ Comprobante de domicilio tales como Estado de cuenta bancario con antigüedad no mayor a cuatro meses, último recibo del impuesto predial, último recibo de pagos de luz, gas, teléfono, agua, televisión de paga, o internet, a nombre del contribuyente.

4._ Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal. Credencial para votar vigente expedida por el INE o IFE, pasaporte vigente, cédula profesional vigente con fotografía.

5._ Durante el trámite de inscripción, deberás tramitar la e.firma, por lo cual se debe traer una unidad de memoria extraíble (USB) y cumplir los requisitos de la ficha 105/CFF Solicitud de generación del Certificado de e.firma.

CURP y Correo Electrónico

Establece una contraseña de la Clave Privada, la cual debe formarse de 8 caracteres (únicamente se aceptan letras y números, por tu seguridad no se acepta el RFC como Contraseña). Confirma tu contraseña.

Al finalizar el sistema mostrará el mensaje “Ahora ya cuenta con un requerimiento digital y su clave privada.

Resolución: Si cumples con todos los requisitos, al finalizar se te entregará:

 Certificado digital de e.firma, archivo digital con terminación (.cer).

 Comprobante de generación del Certificado de e.firma.

El Certificado Digital de e.firma tiene una vigencia de cuatro años a partir de la fecha de su expedición.

Fundamento jurídico:

Artículos: 5 y 27 del CFF; 22 y 24 del RCFF; 297 del CFPC, Reglas 2.4.2., 2.4.6. y 2.4.14. de la RMF.

Artículo 17-D del CFF; Reglas 2.2.14., 2.4.6., 2.4.11., 2.12.17. y 3.15.6. de la RMF.

Si tienes 18 años, pero aún no estás trabajando, deberás inscribirte al RFC bajo el rubro "inscripción de personas físicas sin actividad económica", por lo que no adquirirás ninguna obligación para presentar declaraciones o pagar contribuciones.

GENERACIÓN AFORE

BUZÓN TRIBUTARIO

  VENCE EL PLAZO PARA ACTIVAR EL BUZÓN TRIBUTARIO        El Sistema de Administración Tributario  (SAT) ha lanzado varias advertencias y pos...